Aranceles
Valor de la Matrícula y Cuota para el año 2025
Se pone a disposición en el siguiente enlace los montos y modalidad de pago de la matrícula y cuotas para el ciclo lectivo 2025:
Ver valor de cuota y matrícula 2025
Valor de las cuotas en el año 2024
Deberán abonarse del 1 al 10 de cada mes desde marzo a noviembre.
Los valores de las cuotas fueron modificados mediante RESOL-2024-98-APN-DGE#EA, de fecha 22 de Mayo de 2024, del Director General de Educación.
Las Bonificaciones y Becas SE APLICARÁN EN TODOS LOS CASOS SOBRE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS, QUEDANDO EXCLUIDOS AQUELLOS RELACIONADOS CON EL RACIONAMIENTO (Directiva JEMGE 940/23).
Modalidad de pago de Cuotas
Se informa a los Sres Padres o Responsables de Alumnos y Cadetes que el único medio de pago vigente, de las cuotas correspondientes, es el sistema E-recauda (con o sin clave fiscal), https://erecauda.mecon.gov.ar/erecauda.
- Pago por Home Banking, Red Banelco, Red LINK o Interbanking – Con Clave Fiscal AFIP nivel 2 o superior – Generación de VEP.
- Ingreso por primera vez: Ver instructivo Asociar Clave Fiscal a E-Recauda.
- Pago de Cuotas: Ver instructivo Guía de Usuario para pago por VEP.
- Pago con Tarjeta de Débito – Sin Clave Fiscal AFIP – Provincia NET.
- Pago de Cuotas: Ver instructivo Guía de Usuario para pago por BP.
- Ingreso al Sistema de Provincia NET: Ver instructivo Pago por Provincia NET.
- Pago en Banco Nación, Pago Fácil, Rapi Pago, etc – Sin Clave Fiscal AFIP – Generación de BP.
- Pago de Cuotas: Ver instructivo Guía de Usuario para pago por BP.
El comprobante de pago de en estado” Generado”, de las cuotas abonadas por E-Recauda:
- Enviarlo al correo electrónico: pagos@liceopaz.edu.ar detallando nombre y grado del alumno/cadete. Además de detallar el periodo pagado.
Tener en cuenta lo siguiente:
- Para poder abonar la boleta del E-recauda con la opción “con clave fiscal”, el contribuyente debe contar con cuenta corriente en Banco y clave fiscal categoría 2.
- Cada VEP / BP debe ser utilizado para un único pago; no debe volver a utilizarse para otro pago, aunque el sistema lo permita. Caso contrario, no se puede imputar los pagos realizados, no se toma el pago como valido.
Las Cuotas se abonan del 1 al 10 de su respectivo mes, desde marzo a noviembre 2024.
Se incurre en mora a partir del día siguiente del vencimiento de la cuota mensual impaga sin excepción aplicando el interés correspondiente (Tasa de Interés Activa BNA).
Se pierden las Becas y/o Ayudas Económicas cuando se incurre en mora, para lo que resta del año (Reglamento de Liceos Militares, Art 14.013 a. 2) b) (3)).
Toda bonificación quedará sin efecto, al momento de entrar en el primer día de morosidad (Directiva JEMGE 940/23).
Ninguna beca, bonificación y/o ayuda económica es acumulable (Directiva JEMGE 940/23).
Con 3 meses en mora durante el año, consecutivos o no, se pierde el derecho a matricular para el año siguiente (Reglamento de Liceos Militares, Art 14.013 a. 2) f)).
Con 3 meses en mora consecutivos se iniciarán acciones judiciales tendientes al cobro de las cuotas impagas (Reglamento de Liceos Militares, Art 14.010).
Los medios de comunicación fehacientes serán:
a. Email a la casilla informada por el Representante Legal en los formularios de Inscripción.
b. Citación a través de la Sub Regencia correspondiente.
c. Notificación en Reunión de Padres.
d. Carta Documento.